Carlos Alonso García, abogado penalista en Burgos experto en delitos contra la seguridad vial. Asistencia inmediata y defensa eficaz para evitar la retirada del carné, antecedentes penales y sanciones que afecten tu vida personal y profesional.
Abogado delito contra la seguridad vial Burgos
Carlos Alonso García, Abogados para delitos contra la seguridad vial en Burgos
Despacho de abogado especialista en delitos de contra la seguridad vial en Burgos
¿Te acusan de un delito contra la seguridad vial en Burgos? No enfrentes esto solo.
Ser investigado o detenido por conducir bajo los efectos del alcohol, sin carné o con exceso de velocidad puede poner tu vida patas arriba en segundos. La angustia de perder el carné, la incertidumbre sobre si irás a juicio o si tendrás antecedentes penales… todo eso pesa, y mucho.
¿Te arriesgas a una condena que afecte tu trabajo, tu movilidad y tu futuro?
Carlos Alonso García, abogado penalista en Burgos, está aquí para defenderte.
Con más de 15 años de experiencia en derecho penal, Carlos se ha especializado en la defensa de personas acusadas de delitos contra la seguridad vial. Sabe cómo actúan la Guardia Civil, los fiscales y los jueces. Y lo más importante: sabe cómo protegerte de errores que pueden salirte muy caros.
Un error al volante no debería arruinarte la vida.
Pero necesitas a alguien que sepa cómo evitarlo.
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¿Qué son los delitos contra la seguridad vial?
Los delitos contra la seguridad vial son aquellas conductas que, al producirse en el contexto del tráfico rodado (carreteras, calles, vías públicas o abiertas al tráfico), ponen en grave peligro la vida o la integridad de las personas.
No se trata solo de cometer una infracción administrativa, como aparcar mal o saltarse un semáforo. En estos casos, la ley considera que la conducta ha cruzado la línea del delito, y por tanto puede acarrear penas de prisión, multas elevadas, retirada del carné de conducir y antecedentes penales.
Estos delitos están regulados principalmente en los artículos 379 a 385 ter del Código Penal español.
Tipos principales de delitos contra la seguridad vial
Conducción bajo los efectos del alcohol o drogas (art. 379.2 CP)
Conducir un vehículo a motor o ciclomotor con una tasa de alcohol superior a los límites legales o habiendo consumido drogas no es solo una infracción administrativa: es un delito penal.
Alcohol: más de 0,60 mg/l en aire espirado o 1,2 g/l en sangre.
Drogas: cualquier cantidad detectada en sangre o saliva.
Penas:
Prisión de 3 a 6 meses, o
Multa de 6 a 12 meses, o
Trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días
+ retirada del permiso de conducir de 1 a 4 años
Conducción temeraria o a velocidad excesiva (art. 379.1 CP)
Conducir a una velocidad superior en más de 60 km/h en vía urbana o más de 80 km/h en vía interurbana también es delito.
Ejemplo: Si el límite es de 50 km/h y circulas a 111 km/h por ciudad, es delito.
Penas:
Prisión de 3 a 6 meses, o
Multa de 6 a 12 meses, o
Trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días
+ retirada del permiso de conducir de 1 a 4 años
Conducción temeraria con desprecio por la vida de los demás (art. 380 y 381 CP)
Se trata de la conducta más grave: cuando se conduce de forma temeraria mostrando un desprecio consciente por la vida de los demás.
Ejemplo: hacer carreras ilegales, huir de un control policial a gran velocidad poniendo en peligro a peatones o vehículos.
Penas:
De 2 a 5 años de prisión
Multa de 12 a 24 meses
Retirada del carné de 6 a 10 años
Negarse a someterse a las pruebas de alcoholemia o drogas (art. 383 CP)
Negarse a soplar o a realizar el test de drogas es un delito por sí mismo, aunque no se haya cometido otra infracción.
Pena:
Prisión de 6 meses a 1 año
+ retirada del permiso de conducir de 1 a 4 años
Conducir sin carné o con pérdida de vigencia (art. 384 CP)
Este delito se comete cuando una persona conduce sin haber obtenido nunca el carné, con el carné caducado, con pérdida de puntos, o estando inhabilitado judicialmente para conducir.
Penas:
Prisión de 3 a 6 meses, o
Multa de 12 a 24 meses, o
Trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días
Crear un grave riesgo para la circulación (art. 385 CP)
Este tipo se aplica, por ejemplo, a quien coloca obstáculos en la carretera, derrama sustancias deslizantes o manipula señales de tráfico con intención de provocar un accidente.
Pena:
Prisión de 6 meses a 2 años
Multa de 6 a 24 meses
+ posible inhabilitación para conducir
Qué consecuencias puede tener ser condenado por un delito contra la seguridad vial?
Retirada del carné durante varios años
Antecedentes penales, que pueden afectar al empleo, oposiciones, viajes al extranjero o custodia de hijos
Multas muy elevadas, que pueden superar los 10.000 €
Pena de prisión en casos graves o de reincidencia
Responsabilidad civil por los daños causados (si hay accidente)
¿Por qué necesitas a un abogado experto?
Un abogado penalista general puede ayudarte, sí, pero un abogado especializado en delitos de tráfico como Carlos Alonso García conoce los detalles que marcan la diferencia:
Cómo impugnar correctamente una prueba de alcoholemia
Qué errores procedimentales se dan en atestados de la Guardia Civil
Cuándo conviene negociar una conformidad y cuándo no
Cómo evitar que un cliente acabe con antecedentes
Qué circunstancias permiten reducir o incluso evitar la retirada del carné
No pongas en juego tu carné, tu libertad ni tu futuro.
Si te acusan de un delito contra la seguridad vial en Burgos, actúa rápido y con inteligencia. Cada decisión que tomes desde el primer momento puede marcar la diferencia entre una sanción leve o una condena con graves consecuencias.
Contacta ahora con Carlos Alonso García, abogado penalista experto en delitos de tráfico.